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Subvención

 

 

Subvención Emprendimiento Plus para actividades que no tengan mas de 42 meses de antigüedad

 

 

Publicada subvención para iniciativas de emprendimiento de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que en la fecha de presentación de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad. 

 

Existen dos tipos de programas de ayudas:

 

  • Programa I. Emprendimiento Plus Inversión: Tiene por objeto apoyar la continuidad y la consolidación de iniciativas de emprendimiento de personas autónomas y pymes que tengan una antigüedad máxima de 42 meses, mediante el apoyo de inversiones. Será subvencionable:

 

      • Equipamiento informático: Entre otros, se consideran las tabletas, ordenadores personales de sobremesa, ordenadores portátiles o similares, equipamientos de red, servidores, equipos para conexión a internet, escáneres y similares, siempre que se destinen exclusivamente al desarrollo de la actividad económica de la persona solicitante. En ningún caso se consideran subvencionables los teléfonos móviles y smartphones.

 

      • Activos Intangibles: Adquisición de la propiedad o del derecho al uso de programas informáticos, incluida la suscripción a software estándar del mercado durante el período subvencionable así como patentes, licencias y conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.

 

      • Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario: Maquinaria, bienes de equipo o herramientas mediante las cuales se mejore el proceso productivo. Así como equipos y medios de transporte interno que se destinen al traslado de personal, animales, materiales, mercancías dentro de factorías, talleres etc. sin salir al exterior, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipamiento incluido mobiliario, conjunto de muebles que sirven para la actividad normal de la empresa, como mesas, sillas, estanterías, mostradores y vitrinas.
        En ningún caso se consideran subvencionables los vehículos, naves, aeronaves y similares, constituyan o no la actividad empresarial propia del solicitante.

 

      • Reforma y habilitación de las instalaciones del local del negocio: Obras que consisten normalmente en reparaciones, decoraciones u ornatos (incluida la rotulación) que no modifican la estructura constructiva del local.

 

La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada, teniendo en cuenta que la inversión mínima admisible será de 10.000 euros:

 

Subvencion

 

 

  • Programa II. Emprendimiento Plus Empleo: Este programa tiene por objeto el fomento y la consolidación del empleo por parte de autónomos y pequeñas empresas de nueva creación (máx. 42 meses) para promover la contratación de personas desempleadas.

 

 

 

 

Enlace publicación

 

Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros en el 986727058.

 

 

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