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Subvención contratación y formación

Subvención contratación y formación

 

Publicada subvención para la contratación y formación. Podrán ser beneficiarios las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena desempleadas (figurar inscrita como demandante de empleo) para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Programas subvencionables:

 

  1. Programa I: Incentivos a la contratación por cuenta ajena y a la formación:  

     

     

    • Incentivos a la contratación indefinida inicial, por medio de la cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial de personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, realizadas desde el 1 de octubre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021.

 

    • Incentivos a la contratación temporal, por medio de la cual se proporcionará una subvención para la contratación temporal de personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, que se formalicen desde el día 1 de octubre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021. Quedan excluidos los contratos para la formación y aprendizaje.

 

    • Incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos solamente en el caso de las personas jóvenes, mujeres y las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, que se formalicen desde el 1 de octubre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021. Siempre que el contrato temporal objeto de transformación estuviese vigente el 27 de julio de 2021. Esta limitación temporal no será de aplicación cuando se trate de transformación en indefinidos de contratos formativos, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

 

    • Incentivos al a formación (opcional), dirigido a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial y temporal por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.

 

 2. Programa II: Empleo con apoyo: Consiste en un conjunto de actividades de orientación y acompañamiento individualizado que prestan, en el propio puesto de trabajo, personas preparadoras laborales especializadas a las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, con especiales dificultades de inserción laboral y que realizan su actividad en empresas, del mercado ordinario de trabajo, en condiciones similares al resto de los trabajadores y trabajadoras que desempeñan puestos de iguales características.

 

Enlace publicación

 

Para más información  puedes ponerte en contacto con nosotros en el 986727058.

 

Xestiga